Por unanimidad, la LXIII Legislatura del Congreso del Estado en Sesión Ordinaria, aprobó reformar la Ley de Salud del Estado para establecer que la Secretaría de Salud del Estado; y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia en el Estado, de conformidad con la suficiencia presupuestal que se tenga, establezca programas de entrega de insumos de salud menstrual de manera gratuita.
Con esta reforma se busca garantizar la seguridad sanitaria y el bienestar físico de las mujeres menstruantes; priorizando a la población con mayor grado de marginación social y pobreza.
La reforma reconoce a las mujeres menstruantes, y se incorpora el concepto de insumos de salud menstrual, entendidos como todo objeto de contención utilizado durante la menstruación tales como: toallas higiénicas (descartables o reutilizables), tampones, copas menstruales, esponjas marinas, y ropa interior absorbente.
